Nacionales
Dan media sanción a ley que regula la carrera profesional de enfermería
Por unanimidad, la Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley “Que regula la carrera profesional del personal de enfermería del sector público”, documento que contempla, entre otros beneficios, un sistema gradual y escalonado de mejoras salariales para el personal enfermero.
Los diputados Hugo Ramírez (ANR-Capital), Esmérita Sánchez (PLRA-Caaguazú) y Basilio Núñez (ANR-Pdte. Hayes), proyectistas del documento, manifestaron que existe una imperiosa necesidad de aprobar un instrumento legal que dignifique la profesión de los enfermeros que brindan un servicio muy delicado en el sistema de salud de nuestro país.
Por su parte, el diputado Raúl Latorre indicó que el trabajo de la enfermería es parte de un talento humano indispensable para la salud pública. “Las enfermeras se merecen; tienen una tremenda carga laboral; todos sabemos que la carga más pesada del sistema de salud, lo hacen los enfermeros; son la primera línea de defensa en esta pandemia y otras situaciones que se vive a diario”, resaltó.
El proyecto de ley fue aprobado con modificaciones y se dispuso su remisión a la Cámara de Senadores.
Una de las modificaciones introducidas indica que la parte presupuestaria del proyecto, se ajustará a una reglamentación del Poder Ejecutivo, de acuerdo a la previsión de recursos por parte del Ministerio de Hacienda.
Otra de las medidas adoptadas es que no podrán tener más de una vinculación con instituciones dependientes del Estado, y que el personal que cuente con más de un contrato, podrá optar por uno de ellos donde hacer carrera.
En el Art. 3, se reemplaza al IPS y Hospital de Clínicas por el término “todos los Organismos y Entidades del Estado afectado a la prestación de salud, mientras que en el Art. 5 se trasladó lo que está estipulado en el Art. 10 del proyecto original, en donde se establece de qué manera integrar la Comisión Permanente Central de Administración.
Se establecieron 3 niveles: profesional, técnico y auxiliar y que para acceder a estos niveles, se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 3206/07 “Del ejercicio de la enfermería”.
En el art. 8 se incluye un nuevo parámetro para la formación cual es el concurso de oposición interna institucional, establecida por la Secretaría de la Función Pública (SFP).
En el art. 9 se dispone que para la realización de alguna especialización, vinculada al área de salud, será considerada, por única vez, como instrumento de aceleración equivalente a un año de antigüedad /capacitación, en el proceso de promoción.
Los legisladores Cristina Villalba (ANR-Canindeyú), Roque Sarubbi (ANR-Caazapá), Derlis Maidana (ANR-Misiones), Carlos Portillo (PLRA-Alto Paraná), Del Pilar Medina (ANR-Central), Miguel Del Puerto (ANR-Caaguazú), y Sergio Rojas (PLRA-Central), coincidieron que esto servirá como un incentivo para los profesionales de enfermería, para seguir ejerciendo tan noble servicio, que no conoce de horarios. HOY
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