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Golpe de timón en BNF requiere de voluntad política

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*Anteproyecto de modificación de la Carta Orgánica será socializado con el Ejecutivo. * El banco necesita actualizarse, ya que diversas disposiciones legales actúan como freno para su crecimiento como institución crediticia y su rol de fomento de las actividades productivas del país.
El Banco Nacional de Fo­mento ha cumplido 54 años de existencia
Nueva Carta Orgánica de BNF, lista; el Senado y el PE tienen la palabra

“El Banco Nacional de Fo­mento ha cumplido 54 años de existencia. Su Carta Or­gánica, a pesar de pequeñas modificaciones mediante una media docena de nor­mas legales posteriores sancionadas entre 1961 y el año 2004, mantiene a grandes rasgos la filosofía inicial, que no es sino refle­jo de la vigente en aquellos años, más precisamente, los años de mediados del si­glo pasado: perfil y estruc­tura burocrática propia al de un ente administrativo o ministerial del Estado, sin priorizar una visión comer­cial orientada al mercado y con gran aversión a asumir riesgos”, afirma el consul­tor Ramón Frediani en su informe para moderniza­ción de la Carta Orgánica del BNF.

El banco necesitaría ac­tualizar y modernizar su Carta Orgánica, ya que di­versas disposiciones con­tenidas en la misma actúan como un freno o impedi­mento para su crecimiento como institución crediticia, permitiendo perfeccionar su rol de fomento de las actividades productivas del país y alcanzar un mejor posicionamiento e imagen corporativa en el mercado, como así también mejorar la calidad de su gobernabi­lidad como institución.

Más allá de parte del fun­cionariado del Estado, cu­yos sueldos son depositados mensualmente en el BNF, lo que les permite acceder a préstamos personales con descuento automático de las cuotas (y, por ende, ries­go cero para el banco), los únicos que en el mercado lo perciben como banco co­mercial son ciertos sectores empresariales de la acti­vidad agrícola-ganadera y parcialmente ciertos in­dustriales que –por múlti­ples razones- no acceden a financiamiento de la banca privada, pero que sí acceden a préstamos del BNF. El res­to de la población descono­ce el amplio menú de servi­cios financieros que ofrece el BNF, en gran parte por ausencia de una política ac­tiva de marketing y publici­dad comercial que los dé a conocer para posicionarse visualmente en el mercado.

GARANTÍA HIPOTECARIA

Es un mito que la Carta Orgánica del BNF exija sólo garantías hipotecarias, in­dica el consultor, pues el artículo 42º no excluye al artículo 36º inc. F ni al ar­tículo 41º, ya que sólo hace referencia a que cuando se exijan deberán ser de pri­mer grado y sólo en casos excepcionales de 2º grado. El uso (y abuso) de esta exi­gencia de garantía figura en el reglamento de crédito pero no en la Carta Orgá­nica, y esto sólo ha servido para evitar que el crédito llegue a un universo más amplio de empresas agro­pecuarias e industriales.

Recomienda que a nivel de la Carta Orgánica no existan referencias concretas respecto a la constitución de garantías de las opera­ciones crediticias. En gene­ral, en el tema de garantías, solamente podría indicarse en un artículo: “en todas las operaciones activas (prés­tamos y demás) deberán constituirse garantías a en­tera satisfacción del banco, que estarán en proporción y en función del monto de la operación, el riesgo del sec­tor de destino de los fondos, la naturaleza de la actividad a financiar y los antece­dentes crediticios del pres­tatario, con el propósito de preservar debidamente el patrimonio y la solvencia del banco”.

LÍMITE PRESTABLE

La actual Carta Orgáni­ca del BNF limita el monto máximo por prestatario o grupo económico en un va­lor equivalente a US$ 2 mi­llones, y debería sustituirse adoptándose un mecanis­mo automático de reajuste anual, para evitar todos los años tener que depender de la sanción de una ley de reajuste. El monto máximo de una operación crediticia puede establecerse como un porcentaje del patrimo­nio efectivo del BNF y de esa forma sería innecesario ha­cerlo mediante una norma legal todos los años.

Por ejemplo, el patrimo­nio neto actual del BNF es aproximadamente de un equivalente a US$ 200 mi­llones; entonces, se puede establecer que el monto máximo por préstamo a un proyecto o la exposi­ción consolidada del banco ante un grupo empresa­rio, no podrá superar el 5% del patrimonio neto de la entidad, al momento de su otorgamiento. En este ejemplo, sería de un equi­valente a US$ 10 millones (un monto menor impedi­ría, por ejemplo, financiar proyectos relevantes en el desarrollo del sector in­dustrial). En otras palabras, mantener un monto máxi­mo de exposición por clien­te, pero independizarse de la sanción de una ley anual que lo actualice, adoptando en cambio, como límite, un parámetro totalmente im­personal y objetivo como el que se ha sugerido.

NUEVA CARTA

ORGÁNICA

El consultor propone, para la nueva Carta Orgánica, que los créditos, avales y garantías que el banco otorgue a una persona fí­sica o jurídica o a un grupo económico privado no po­drán exceder, directa ni in­directamente, a una suma equivalente al 5% (cinco por ciento) de su patrimonio efectivo vigente al cierre del ejercicio económico in­mediato anterior, y hasta el 7% para los préstamos que se concedan a cooperativas de producción del país, ope­raciones de exportación, operaciones con entidades financieras nacionales y extranjeras y operaciones de financiamiento de ven­ta de activos del banco. En todo momento, el banco deberá mantener los es­tándares de diversificación y atomización del riesgo recomendados por la su­perintendencia de bancos y el marco regulatorio del Banco Central, en orden a ejercer una administración prudencial de su solvencia.

Además, sugiere que la dirección y administración del banco esté a cargo de un directorio, cuyos miembros serán designados por el Po­der Ejecutivo, previo acuer­do de la Cámara de Sena­dores, compuesto por un Presidente y siete miem­bros de los cuales tres serán propuestos por los sectores de la agricultura, ganadería e industria, a través de los gremios de cada sector. Los demás directores, serán designados atendiendo a los requerimientos técnicos y las políticas del Gobierno.

El presidente y los direc­tores deberán satisfacer los requisitos establecidos por la Ley General de Bancos, ser paraguayos naturales, mayores de treinta años de edad, con título universita­rio pertinente y de probada experiencia e idoneidad en materia económica, fi­nanciera, administrativa, bancaria o jurídica directa­mente relacionada a dichas actividades. Hay miem­bros del consejo hoy día sin formación financiera y tampoco han hecho carrera dentro del ámbito.

Las sesiones del directo­rio serán convocadas por el presidente o a pedido de uno o más directores, por lo menos una vez por semana, lo cual excluye la sesión permanente que sostiene el actual consejo.

El propio consejo desapa­recería como tal y en su lu­gar se introduce el concep­to de directorio, como en la banca comercial privada. El banco estará dirigido por el directorio, y administrada su gestión habitual por un comité ejecutivo, integrado por el presidente, el vice­presidente y el gerente ge­neral. En caso de vacancia, ausencia u otra imposibi­lidad para ejercer sus fun­ciones, los miembros del comité serán subrogados en la siguiente forma: a) el presidente por el vicepre­sidente; b) el vicepresiden­te por el gerente general, y c) el gerente general por el gerente departamental que designe el directorio.

Las principales diferencias con el anterior estatuto

Si bien el 90% del articulado de ambos anteproyectos son coincidentes. No obstante ello, las 7 principales diferencias son las siguientes:

Directorio: mientras el BNF insiste en mantener la estructura actual de 8 miembros, con 3 de ellos como representantes de entidades gremiales empresarias privadas, el anteproyecto de la consultoría lo limita a 5 miembros, todos ellos designados por el Poder Ejecutivo y con mecanismos de designación, duración de mandatos y demás aspectos, en situación semejante al directorio del BCP.

• Fundación del banco: la consultoría considera que ello sería una herramienta importante dentro de la política de marketing institucional y corporativo –todos los bancos privados poseen una fundación para hacer marketing corporativo- y más aún en el BNF que en el mercado y en la sociedad no tiene todavía una buena imagen (es percibido como un banco ineficiente, burocrático, pesado y lento para dar un préstamo, con un pasado caótico y de casi en quiebra, con una larga historia de favoritismo en la concesión de préstamos a sectores privilegiados que en su mayoría luego se volvieron irrecuperables, etc.). Ante ello, necesita de una gran actividad de marketing institucional para mejorar su imagen y para ello nada mejor que las actividades culturales promovidas por una fundación propia, como ya lo hacen la mayoría de los bancos privados

• Régimen de Contrataciones Públicas: la consultoría insiste en que la autonomía y autarquía del Banco implican que debe dejar de someterse al régimen de la Ley de Contrataciones Públicas y ello debe estar explícitamente contemplado en el artículo 1º de la ley. De lo contrario, el banco, en esta materia, pierde eficiencia y celeridad respecto a la competencia.

• Depósitos judiciales: la consultoría considera que debe estar en un artículo de la ley la exclusividad del banco en la recepción de los depósitos judiciales –con la excepción que establece la Carta Orgánica del BCP-, pues ello otorga estabilidad y seguridad jurídica a un servicio financiero altamente rentable para el banco.

• Vicepresidencia: la consultoría recomienda que la vicepresidencia del directorio de un ente colegiado, si bien es sano que sea rotativa, también es conveniente que mantenga cierta estabilidad temporal de, por ejemplo, un año calendario y, además, que el vicepresidente sea elegido anualmente por la mayoría de los votos del directorio y no que surja de la elección unipersonal –y discrecional- del presidente de la institución. Es decir, debería “institucionalizarse” la vicepresidencia, para darle estabilidad y seguridad jurídica, evitando eventuales parcialidades que pudieren surgir al adoptar el procedimiento actual.

• Gerencia General: la consultoría recomienda que sea designado por el Poder Ejecutivo a propuesta del directorio del banco, preferentemente seleccionado a partir de un concurso público abierto y transparente en el cual puedan participar tanto los funcionarios de carrera de la institución como profesionales independientes de fuera del banco, tener treinta y cinco (35) años de edad como mínimo, título profesional, poseer probada idoneidad técnica en materia económico-financiera, reconocida experiencia bancaria y haber desempeñado función gerencial. Sólo podrá ser removido por mala conducta o incapacidad, por el Presidente de la República a solicitud del directorio del banco, mediante resolución aprobada por los dos tercios (2/3) de los votos del total de sus miembros, alcanzándole las inhabilidades establecidas en la Ley General de Bancos para funcionarios de la alta dirección y administración de las entidades financieras reguladas.

• Autonomía de gestión y de administración: A efectos de poder competir en igualdad de condiciones con el resto de la banca, el BNF necesita un mayor nivel de autonomía en sus decisiones. Al estar muy restringido por normas de la administración pública, le impiden desempeñar en plenitud su rol de empresa comercial y en los hechos funciona como una dependencia del Ministerio de Hacienda, más que una empresa sometida todos los días a la competencia del mercado. Si bien las autoridades del BNF aceptan esta idea, la misma es rechazada por el MH, que insiste en limitar la acción del banco, olvidando que es una empresa comercial, aunque su propiedad sea estatal.

Parte del consejo directivo del Banco Nacional de Fomento

César Jure Yunis, de la UGP.

Para poder tomar dinero en depósitos, yo tengo que tener negocios dónde poder invertir mi captación, cosa que yo no tengo. Después está la limitación del monto prestable y tengo el tema de las garantías, que son hipotecarias.

Yo veo a la nueva versión del BNF desarrollando proyectos a futuro. Venimos trabajando para que Fomento no sea solamente utilidades sino que sea un regulador de las tasas del mercado, como lo hicimos con los préstamos productivos, donde bajamos las tasas.

Antonio Zorz Carrón, del BCP.

El BCP está de acuerdo con actualizar la Carta Orgánica y sí, hay un conflicto de intereses categóricamente de acuerdo con la ley vigente y creo que el Central se va a expedir al respecto (al tener BCP un representante como miembro del consejo de dirección de BNF, regulador-regulado).

Hay cosas que corregir y eso estamos haciendo. En ocasiones las cosas son más lentas de lo que deberían, pero creo que la nueva Carta Orgánica va a agilizar mucho más el banco.

Miriam Vázquez Barreto, del MIC.

Hay muchos aspectos que la actual Carta Orgánica no favorece, pero tratamos de encontrar la mejor manera de cumplir con todo.

Nuestro trabajo es apoyar la gobernabilidad y la gestión de la presidencia y buscar aportar en la parte administrativa y las gestiones.

Esta es la primera vez que trabajo en el ámbito financiero, continuando el período de Flavio Martínez, de quien fui suplente. Hace ya un año y algunos meses que estoy como consejera.

5DIAS

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