Nacionales
Golpe de timón en BNF requiere de voluntad política
*Anteproyecto de modificación de la Carta Orgánica será socializado con el Ejecutivo. * El banco necesita actualizarse, ya que diversas disposiciones legales actúan como freno para su crecimiento como institución crediticia y su rol de fomento de las actividades productivas del país.
El Banco Nacional de Fomento ha cumplido 54 años de existencia
Nueva Carta Orgánica de BNF, lista; el Senado y el PE tienen la palabra
“El Banco Nacional de Fomento ha cumplido 54 años de existencia. Su Carta Orgánica, a pesar de pequeñas modificaciones mediante una media docena de normas legales posteriores sancionadas entre 1961 y el año 2004, mantiene a grandes rasgos la filosofía inicial, que no es sino reflejo de la vigente en aquellos años, más precisamente, los años de mediados del siglo pasado: perfil y estructura burocrática propia al de un ente administrativo o ministerial del Estado, sin priorizar una visión comercial orientada al mercado y con gran aversión a asumir riesgos”, afirma el consultor Ramón Frediani en su informe para modernización de la Carta Orgánica del BNF.
El banco necesitaría actualizar y modernizar su Carta Orgánica, ya que diversas disposiciones contenidas en la misma actúan como un freno o impedimento para su crecimiento como institución crediticia, permitiendo perfeccionar su rol de fomento de las actividades productivas del país y alcanzar un mejor posicionamiento e imagen corporativa en el mercado, como así también mejorar la calidad de su gobernabilidad como institución.
Más allá de parte del funcionariado del Estado, cuyos sueldos son depositados mensualmente en el BNF, lo que les permite acceder a préstamos personales con descuento automático de las cuotas (y, por ende, riesgo cero para el banco), los únicos que en el mercado lo perciben como banco comercial son ciertos sectores empresariales de la actividad agrícola-ganadera y parcialmente ciertos industriales que –por múltiples razones- no acceden a financiamiento de la banca privada, pero que sí acceden a préstamos del BNF. El resto de la población desconoce el amplio menú de servicios financieros que ofrece el BNF, en gran parte por ausencia de una política activa de marketing y publicidad comercial que los dé a conocer para posicionarse visualmente en el mercado.
GARANTÍA HIPOTECARIA
Es un mito que la Carta Orgánica del BNF exija sólo garantías hipotecarias, indica el consultor, pues el artículo 42º no excluye al artículo 36º inc. F ni al artículo 41º, ya que sólo hace referencia a que cuando se exijan deberán ser de primer grado y sólo en casos excepcionales de 2º grado. El uso (y abuso) de esta exigencia de garantía figura en el reglamento de crédito pero no en la Carta Orgánica, y esto sólo ha servido para evitar que el crédito llegue a un universo más amplio de empresas agropecuarias e industriales.
Recomienda que a nivel de la Carta Orgánica no existan referencias concretas respecto a la constitución de garantías de las operaciones crediticias. En general, en el tema de garantías, solamente podría indicarse en un artículo: “en todas las operaciones activas (préstamos y demás) deberán constituirse garantías a entera satisfacción del banco, que estarán en proporción y en función del monto de la operación, el riesgo del sector de destino de los fondos, la naturaleza de la actividad a financiar y los antecedentes crediticios del prestatario, con el propósito de preservar debidamente el patrimonio y la solvencia del banco”.
LÍMITE PRESTABLE
La actual Carta Orgánica del BNF limita el monto máximo por prestatario o grupo económico en un valor equivalente a US$ 2 millones, y debería sustituirse adoptándose un mecanismo automático de reajuste anual, para evitar todos los años tener que depender de la sanción de una ley de reajuste. El monto máximo de una operación crediticia puede establecerse como un porcentaje del patrimonio efectivo del BNF y de esa forma sería innecesario hacerlo mediante una norma legal todos los años.
Por ejemplo, el patrimonio neto actual del BNF es aproximadamente de un equivalente a US$ 200 millones; entonces, se puede establecer que el monto máximo por préstamo a un proyecto o la exposición consolidada del banco ante un grupo empresario, no podrá superar el 5% del patrimonio neto de la entidad, al momento de su otorgamiento. En este ejemplo, sería de un equivalente a US$ 10 millones (un monto menor impediría, por ejemplo, financiar proyectos relevantes en el desarrollo del sector industrial). En otras palabras, mantener un monto máximo de exposición por cliente, pero independizarse de la sanción de una ley anual que lo actualice, adoptando en cambio, como límite, un parámetro totalmente impersonal y objetivo como el que se ha sugerido.
NUEVA CARTA
ORGÁNICA
El consultor propone, para la nueva Carta Orgánica, que los créditos, avales y garantías que el banco otorgue a una persona física o jurídica o a un grupo económico privado no podrán exceder, directa ni indirectamente, a una suma equivalente al 5% (cinco por ciento) de su patrimonio efectivo vigente al cierre del ejercicio económico inmediato anterior, y hasta el 7% para los préstamos que se concedan a cooperativas de producción del país, operaciones de exportación, operaciones con entidades financieras nacionales y extranjeras y operaciones de financiamiento de venta de activos del banco. En todo momento, el banco deberá mantener los estándares de diversificación y atomización del riesgo recomendados por la superintendencia de bancos y el marco regulatorio del Banco Central, en orden a ejercer una administración prudencial de su solvencia.
Además, sugiere que la dirección y administración del banco esté a cargo de un directorio, cuyos miembros serán designados por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo de la Cámara de Senadores, compuesto por un Presidente y siete miembros de los cuales tres serán propuestos por los sectores de la agricultura, ganadería e industria, a través de los gremios de cada sector. Los demás directores, serán designados atendiendo a los requerimientos técnicos y las políticas del Gobierno.
El presidente y los directores deberán satisfacer los requisitos establecidos por la Ley General de Bancos, ser paraguayos naturales, mayores de treinta años de edad, con título universitario pertinente y de probada experiencia e idoneidad en materia económica, financiera, administrativa, bancaria o jurídica directamente relacionada a dichas actividades. Hay miembros del consejo hoy día sin formación financiera y tampoco han hecho carrera dentro del ámbito.
Las sesiones del directorio serán convocadas por el presidente o a pedido de uno o más directores, por lo menos una vez por semana, lo cual excluye la sesión permanente que sostiene el actual consejo.
El propio consejo desaparecería como tal y en su lugar se introduce el concepto de directorio, como en la banca comercial privada. El banco estará dirigido por el directorio, y administrada su gestión habitual por un comité ejecutivo, integrado por el presidente, el vicepresidente y el gerente general. En caso de vacancia, ausencia u otra imposibilidad para ejercer sus funciones, los miembros del comité serán subrogados en la siguiente forma: a) el presidente por el vicepresidente; b) el vicepresidente por el gerente general, y c) el gerente general por el gerente departamental que designe el directorio.
Las principales diferencias con el anterior estatuto
Si bien el 90% del articulado de ambos anteproyectos son coincidentes. No obstante ello, las 7 principales diferencias son las siguientes:
Directorio: mientras el BNF insiste en mantener la estructura actual de 8 miembros, con 3 de ellos como representantes de entidades gremiales empresarias privadas, el anteproyecto de la consultoría lo limita a 5 miembros, todos ellos designados por el Poder Ejecutivo y con mecanismos de designación, duración de mandatos y demás aspectos, en situación semejante al directorio del BCP.
• Fundación del banco: la consultoría considera que ello sería una herramienta importante dentro de la política de marketing institucional y corporativo –todos los bancos privados poseen una fundación para hacer marketing corporativo- y más aún en el BNF que en el mercado y en la sociedad no tiene todavía una buena imagen (es percibido como un banco ineficiente, burocrático, pesado y lento para dar un préstamo, con un pasado caótico y de casi en quiebra, con una larga historia de favoritismo en la concesión de préstamos a sectores privilegiados que en su mayoría luego se volvieron irrecuperables, etc.). Ante ello, necesita de una gran actividad de marketing institucional para mejorar su imagen y para ello nada mejor que las actividades culturales promovidas por una fundación propia, como ya lo hacen la mayoría de los bancos privados
• Régimen de Contrataciones Públicas: la consultoría insiste en que la autonomía y autarquía del Banco implican que debe dejar de someterse al régimen de la Ley de Contrataciones Públicas y ello debe estar explícitamente contemplado en el artículo 1º de la ley. De lo contrario, el banco, en esta materia, pierde eficiencia y celeridad respecto a la competencia.
• Depósitos judiciales: la consultoría considera que debe estar en un artículo de la ley la exclusividad del banco en la recepción de los depósitos judiciales –con la excepción que establece la Carta Orgánica del BCP-, pues ello otorga estabilidad y seguridad jurídica a un servicio financiero altamente rentable para el banco.
• Vicepresidencia: la consultoría recomienda que la vicepresidencia del directorio de un ente colegiado, si bien es sano que sea rotativa, también es conveniente que mantenga cierta estabilidad temporal de, por ejemplo, un año calendario y, además, que el vicepresidente sea elegido anualmente por la mayoría de los votos del directorio y no que surja de la elección unipersonal –y discrecional- del presidente de la institución. Es decir, debería “institucionalizarse” la vicepresidencia, para darle estabilidad y seguridad jurídica, evitando eventuales parcialidades que pudieren surgir al adoptar el procedimiento actual.
• Gerencia General: la consultoría recomienda que sea designado por el Poder Ejecutivo a propuesta del directorio del banco, preferentemente seleccionado a partir de un concurso público abierto y transparente en el cual puedan participar tanto los funcionarios de carrera de la institución como profesionales independientes de fuera del banco, tener treinta y cinco (35) años de edad como mínimo, título profesional, poseer probada idoneidad técnica en materia económico-financiera, reconocida experiencia bancaria y haber desempeñado función gerencial. Sólo podrá ser removido por mala conducta o incapacidad, por el Presidente de la República a solicitud del directorio del banco, mediante resolución aprobada por los dos tercios (2/3) de los votos del total de sus miembros, alcanzándole las inhabilidades establecidas en la Ley General de Bancos para funcionarios de la alta dirección y administración de las entidades financieras reguladas.
• Autonomía de gestión y de administración: A efectos de poder competir en igualdad de condiciones con el resto de la banca, el BNF necesita un mayor nivel de autonomía en sus decisiones. Al estar muy restringido por normas de la administración pública, le impiden desempeñar en plenitud su rol de empresa comercial y en los hechos funciona como una dependencia del Ministerio de Hacienda, más que una empresa sometida todos los días a la competencia del mercado. Si bien las autoridades del BNF aceptan esta idea, la misma es rechazada por el MH, que insiste en limitar la acción del banco, olvidando que es una empresa comercial, aunque su propiedad sea estatal.
Parte del consejo directivo del Banco Nacional de Fomento
César Jure Yunis, de la UGP.
Para poder tomar dinero en depósitos, yo tengo que tener negocios dónde poder invertir mi captación, cosa que yo no tengo. Después está la limitación del monto prestable y tengo el tema de las garantías, que son hipotecarias.
Yo veo a la nueva versión del BNF desarrollando proyectos a futuro. Venimos trabajando para que Fomento no sea solamente utilidades sino que sea un regulador de las tasas del mercado, como lo hicimos con los préstamos productivos, donde bajamos las tasas.
Antonio Zorz Carrón, del BCP.
El BCP está de acuerdo con actualizar la Carta Orgánica y sí, hay un conflicto de intereses categóricamente de acuerdo con la ley vigente y creo que el Central se va a expedir al respecto (al tener BCP un representante como miembro del consejo de dirección de BNF, regulador-regulado).
Hay cosas que corregir y eso estamos haciendo. En ocasiones las cosas son más lentas de lo que deberían, pero creo que la nueva Carta Orgánica va a agilizar mucho más el banco.
Miriam Vázquez Barreto, del MIC.
Hay muchos aspectos que la actual Carta Orgánica no favorece, pero tratamos de encontrar la mejor manera de cumplir con todo.
Nuestro trabajo es apoyar la gobernabilidad y la gestión de la presidencia y buscar aportar en la parte administrativa y las gestiones.
Esta es la primera vez que trabajo en el ámbito financiero, continuando el período de Flavio Martínez, de quien fui suplente. Hace ya un año y algunos meses que estoy como consejera.
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