Notas
Reforma del transporte público: conocé los principales componentes del anteproyecto
IP.- El Viceministerio de Transporte pone a disposición de la ciudadanía el anteproyecto de la Ley «Que regula y moderniza el sistema nacional de transporte y el servicio de transporte público metropolitano de pasajeros».
La iniciativa completa se encuentra disponible en el siguiente enlace. En el mismo sitio también se podrán presentar sugerencias hasta el 31 de enero de 2025.
La propuesta de reforma consta de tres componentes principales: una nueva normativa para la prestación del servicio, que diferenciará entre proveedores de unidades de transporte y operadores del servicio de transporte.
Además se contempla la renovación gradual de la flota, con la incorporación, además, de buses eléctricos.
El tercer componente corresponde a las vías de acceso al Área Metropolitana, con la posibilidad de extender estas áreas para incorporar a otros distritos, sujeto a estudios de movilidad. La propuesta menciona «Unidades Funcionales», que corresponden a un conjunto de rutas bajo una misma licitación que funcionan como troncales de ingreso y salida de Asunción.
Los troncales principales identificados corresponden a los corredores Ruta PY03-Artigas, la Avda. Mariscal López, la Ruta Mariscal Estigarribia-Eusebio Ayala y el Acceso Sur.
Otras medidas corresponden a la integración del sistema para el pago de pasajes, con la posibilidad de permitir el trasbordo entre líneas.
En cuanto a figuras jurídicas, se introduce la de «bienes afectados al servicio», referido a las unidades de transporte, por lo que se establece que los mismos no pueden ser sacados, por confiscación o embargo de bienes del sistema de transporte público.
Fideicomiso
La reforma también incluye la creación de un fideicomiso para la administración del financiamiento del servicio de transporte. El mismo será administrado por la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) con el MOPC de fiduciante bajo normas del derecho privado.
Este fideicomiso administrará los recursos para financiar el servicio de transporte, el pago a prestadores del Sistema Nacional de Billetaje Electrónico, y de otras obligaciones derivadas de los compromisos del Estado.
Este fondo recibirá diariamente los ingresos generados por del cobro electrónico del pasaje de transporte público, entendiéndose a los pagos de cargas y recargas de las tarjetas del billetaje electrónico.
También administrará los incentivos para la promoción del transporte eléctrico, conforme a al Artículo 8 de la Ley 6925/22; las multas aplicadas a prestadores de servicio de billetaje; intereses generados por la mora de cánones, tasas y multas; créditos programas dentro del presupuesto del MOPC para financiar el transporte público; así como la rentabilidad de las operaciones generados por el fideicomiso, entre otras.
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